Cancún. – Desde ayer se hizo público la lista de las actividades que están permitidas en Quintana Roo y que podrán seguir en funcionamiento por Covid-19.
Fue el secretario estatal de Seguridad Pública, Jesús Capella Ibarra quien hizo pública la lista la cual la transcribimos de manera integra.
SE CONSIDERAN ACTIVIDADES ESENCIALES LAS SIGUIENTES:
LAS QUE DE MANERA DIRECTA SON NECESARIAS PARA ATENDER LA EMERGENCIA SANITARIA, COMO SON:
- a) Las actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sector salud, público y privado. b) La investigación científica y tecnológica para la salud; c) Los que participan en su abasto, servicios y proveeduría, entre las que destacan:
El sector farmacéutico-farmacias.
La manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.
Los involucrados en la adecuada disposición de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI).
La limpieza, esterilización, desinfección y sanitización de todo tipo de áreas, bienes inmuebles y muebles destinados a cualquier tipo de actividad. d) El mantenimiento y reparación de los aparatos destinados las actividades de los incisos anteriores; e) Servicios funerarios.
LAS INVOLUCRADAS EN:
- a) La Seguridad Pública y la Protección Civil.
- b) Bomberos
- c) Servicios privados de emergencia.
- d) En la defensa de la integridad y la Soberanía Nacional.
- e) El funcionamiento de los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionalmente autónomos.
- f) La prestación de servicios de seguridad privada.
- g) La función notarial.
III. LOS SECTORES CONSIDERADOS COMO ESENCIALES PARA EL FUNCIONAMIENTO FUNDAMENTAL DE LA ECONOMÍA:
- a) Servicios financieros y de seguros, actividades de casas de empeño.
- b) De recaudación tributaria.
- c) Distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, estaciones de servido y de carburación.
- d) Generación, suministro, distribución, almacenaje y expendio de agua apta para uso y consumo humano.
- e) Producción, suministro, distribución, almacenaje y expedido de bebidas no alcohólicas; suplementos alimenticias y alimentos preparadas y/o envasados en estado natural, mezclados, adicionados o acondicionados para su consumo exclusivamente fuera del mismo establecimiento, quedando prohibido el consumo de bebidas y alimentos de cualquier tipo dentro del mismo.
- f) Mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio y abarrotes; venta de productos de primera necesidad:
Los que integran la canasta básica alimentaria y cuadro básico de alimentos, como carnes (pollo, res, cerdo y pescado), huevo, leche y derivados lácteos, granos y semillas (frijoles, lentejas y arroz), azúca, grasas (aceites vegetales), Frutas y verduras, y cereales;
Detergente en polvo y todo tipo de jabones.
Papel sanitario.
Crema dental y demás utensilios y/o productos indispensables de higiene personal.
Baterías de cualquier tipo; así como productos de ferretería, tlapalerías y casas de inmateriales.
- g) Servicios de transportes de pasajeros y carga; comprendiendo la prestación de los servidos de transporte público de pasajeros o de carga, estacionamiento y reparación y/o mantenimiento de todo tipo de vehículos, incluidos los de producción, almacenamiento, distribución y venta de refacciones y accesorios automotrices.
- h) Producción agrícola, pesquera y pecuaria.
- i) Agroindustria.
- j) Producción química y de productos de limpieza.
- k) Servicios de mensajería y paquetería.
- I) Guarderías y estancias infantiles; refugios y centros de atención a mujeres sus hijas e hijos víctimas de violencia; asilos y estancias para personas de !a tercera edad; y servicio.
- E) de asistencia social como cuidado, atención, alimentación y alojamiento para niños, niñas, adolescentes y ancianas en situación de riesgo y vulnerabilidad prestados por establecimientos o espacios de los sectores público, social y privado cualquiera que sea su denominación y régimen Jurídico.
- m) De almacenamiento y cadena de frio de insumos esenciales.
- n) Reparación y/o mantenimiento de aparatos electrodomésticos.
- o) Servicios de venta, instalación, suministro, mantenimiento correctivo y preventivo de instalaciones eléctricas, telecomunicaciones y medios de información de cualquier tipo.
- p) Servicios de tintorería, lavandería, planchaduría y similares.
- q) Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.
- r) Cualquier otra cuya suspensión, a determinación de la autoridad competente genere un riesgo para la salud o patrimonio de las personas, y/u obstaculice o imposibilite la operación de los programas sociales de gobierno.
LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL GOBIERNO.
LA CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA CRÍTICA QUE ASEGURA LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS INDISPENSABLES COMO:
-Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.
-Los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.
-Energía eléctrica y alumbrado público.
-Telecomunicaciones como telefonía fija, móvil e internet.
-Gas, Petróleo, Gasolina, Turbosina.
-Saneamiento básico.
-Transporte público.
-Infraestructura hospitalaria y médica de primer nivel,
-Las comunicaciones de jurisdicción local, tales como vías públicas.
-Entre otros más que pudieran ser definidas bajo esta categoría. n. Cualquier otra prestación de bienes y servicios de utilidad pública cuya realización sea necesaria para garantizar adecuada ejecución de las actividades esenciales. telecomunicaciones y medios de Información de cualquier tipo;
-Servicios de tintorería, lavandería, planchaduría y similares.
-Logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación; y
-Cualquier otra cuya suspensión, a determinación de la autoridad competente genere un riesgo para la salud, vida o patrimonio de las personas, y/u obstaculice o imposibilite la operación de los programas sociales de gobierno.