Cancún, Q. Roo.- Después de que trascendiera que el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito emitiera su fallo sobre una solicitud de amparo a favor del exgobernador Roberto Borge Angulo, donde se afirma que sólo debe pagar 85 millones de pesos de fianza, para poder seguir el proceso en su contra en libertad, la Fiscalía General del Quintana Roo afirma, que los delitos que le imputan (aprovechamiento ilícito del poder, desempeño irregular de la función pública y peculado) no se modifican.
Y es que este viernes se dio a conocer que los magistrados Juan Ramón Rodríguez Minaya, Selina Haidé Avante Juárez, Jorge Marcos Mejía y Graciela Bonilla González, concluyeron que “debe confirmarse el monto determinado por el Juzgado Quinto de Distrito, esto es, 85 millones de pesos”, como garantía para hacer efectiva la suspensión solicitada por la defensa de Borge, como parte de la demanda de amparo 1096/ 2017 que promovió en julio de 2017, la Fiscalía emitió un comunicado aclarando que las tres carpetas que se le siguen a Borge Angulo en Quintana Roo, seguirán su proceso.
Además asegura que si Roberto Borge es liberado de la prisión en la que se encuentra recluido en la Ciudad de México, la Fiscalía quintanarroense tiene la facultad para capturarlo y presentarlo ante la las instancias judiciales en la Ciudad de Chetumal donde debe comparecer.
Sin embargo, la cantidad estipulada de 85 millones de pesos que pagaría Roberto Borge como garantía para obtener su libertad bajo fianza, son apenas el 2.7 por ciento del quebranto provocado al gobierno de Quintana Roo, que según la Fiscalía General de Quintana Roo asciende a tres mil millones 104 mil 823, 279 pesos.
Comunicado de la Fiscalía
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción informa sobre los casos de los exfuncionarios que están siendo llevados judicialmente, Paula “N” continúa en prisión preventiva justificada y el proceso judicial se mantiene a efecto de lo que pueda determinar el Juez de Control y los fiscales se encuentra preparando el recurso correspondiente.
En cuanto al caso que se está llevando con Roberto “N” no hay modificaciones, ni suspensión, el proceso se mantiene, se conservan vigentes las órdenes y está en calidad de capturable. Con lo cual los 85 millones de pesos que se han mencionado, no significa que no sea juzgado por los delitos que fue extraditado los cuales fueron cometidos contra el Estado, Roberto “N” debe comparecer ante la las instancias judiciales en la Ciudad de Chetumal.
Como ya se ha informado puntalmente con las carpetas de investigación de Carlos “N” y Ana “N” un Juez de Control de primera instancia del Distrito Judicial de Chetumal decretó cambiar las medidas cautelares que les fueron impuestas, esto a partir de la propia facultad del juez, no derivado de algún amparo. La calidad de cambio de medidas recae en el Juez de Control y se encuentra plasmada en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el procedimiento de cambio recae en cualquier juez de control en cualquier distrito del país, esta ha sido autorizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y que el 20 de Marzo del presente año refirió la legalidad del uso del arresto domiciliario para los fines de que en ello se necesite, por lo que el procedimiento que se llevó con los dos imputados refiere una facultad y no a un amparo y que en todo momento la Fiscalía Especializada informará con objetividad, claridad y conforme a Derecho a la ciudadanía.
Debido a la calidad de interés que la Fiscalía Especializada en Anticorrupción puede llegar a tener, se ha procurado que la sociedad sea informada de cómo se están llevando a cabo cada juicio, y así se seguirá manteniendo con la finalidad de que no exista ninguna duda que los procesos de judicialización se llevan con forme a la ley que nos rige.