MÉRIDA, Yuc. (apro).- Jonathan Mézquita Ávalos y Óscar Miguel López Tobilla, presuntos asesinos materiales de Ema Gabriela Molina Canto, fueron vinculados a proceso penal por homicidio calificado agravado por premeditación, alevosía y ventaja; posesión simple de cocaína y portación de arma de fuego e instrumentos prohibidos.
El juez de control Luis Edwin Mugarte Guerrero reclasificó el delito de feminicidio que la Fiscalía General del Estado (FGE) les imputó, por el de homicidio calificado con las agravantes de premeditación y alevosía.
Al reanudarse la audiencia de vinculación que inició el pasado 31 de marzo, la defensoría pública de los indiciados solicitó al juzgador la reclasificación del delito pues, de acuerdo con la fracción IV del artículo 394 del Código Penal, el de feminicidio no se sostenía.
Lo anterior señala que “existen razones de género en la privación dolosa de la vida de una mujer, cuando hay una pretensión infructuosa del sujeto activo de establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima”.
La FGE no pudo rebatir el argumento, por lo que el juez accedió a reclasificar el delito.
En la audiencia que tuvo lugar en el Juzgado 2º de Control del primer distrito judicial del Sistema Penal Oral del Estado, en su calidad de víctima indirecta, Ligia Canto Lugo, madre de Ema Gabriela, sostuvo ante el juez que Martín Alberto Medina Sonda, ex esposo de su hija, es el autor intelectual del asesinato.
Recordó que Ema Gabriela fue víctima de acoso, amenazas y delitos fabricados que la mantuvieron en la cárcel y que tanto Medina Sonda como sus familiares, entre ellos hermanas y padres, intentaron públicamente desacreditarla como madre y mujer respetable.
Añadió que el propio Medina Sonda expresó en algunas ocasiones que quería mantenerla dominada y restablecer la relación, lo cual consta en un expediente diferente a este caso pues fue denunciado en la FGE, donde también hay probanzas de que su hija quería separarse de Medina Sonda, así como de las amenazas de que fue objeto.
Destacó también que es evidente el odio que Medina Sonda tuvo contra su hija, quien fue asesinada con 11 puñaladas. “¿Qué otra persona podía tener más interés en que despareciera? Él es el único beneficiado en que desapareciera mi hija de este mundo”, exclamó.
Luego de su intervención, el juez preguntó al asesor jurídico si las probanzas expresadas por la víctima indirecta constaban en la carpeta de investigación actual. La respuesta fue negativa.
Por ello, al resolver, concluyó que sería “infortunada” la clasificación de feminicidio en este caso con base en los datos aportados por los fiscales.
Explicó: primero, no se acusó a Medina Sonda como autor o coautor de la muerte de su ex esposa porque aparentemente carecen de elementos para hacerlo.
Si tuvieran elementos se ejercería acción penal contra él o lo traerían como coautor, pero la Fiscalía no ha ejercitado acción penal quizás porque no cuenta con esos elementos” y comentó las reformas al Código penal en materia de feminicidio, pues se derogaron las circunstancias subjetivas.
Recalcó que sin perjuicio de que se pueda hacer después, de momento la muerte de Ema Gabriela no encuadra en el delito de feminicidio porque no contiene la razón de género invocada.
No obstante, comentó que, de resultar culpables, los dos procesados podrían alcanzar penas de 43 años de cárcel, en el caso de Jonathan Mézquita, y 46, en lo que toca a López Tobilla, pues a este último se le imputa además el delito de posesión de arma de fuego e instrumentos prohibidos.
El juez dictó medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por el plazo de un año contra ambos y concedió a la fiscalía cuatro meses para la investigación complementaria.
Al respecto, la FGE dijo que a partir de esta etapa procesal “continuará con la investigación complementaria para obtener los datos y pruebas necesarios para la debida integración de la carpeta de investigación e insistirá en la configuración del delito de feminicidio”.
Aseguró que continuará también “con las líneas de investigación que permitan, en su caso, identificar la presunta autoría intelectual” del asesinato de Molina Canto.
Ema Gabriela estuvo casada con Medina Sonda, operador financiero y presunto prestanombres de José Manuel Saiz Pineda, quien fue tesorero del gobierno de Tabasco en el sexenio de Andrés Granier.
Su asesinato conmocionó a la sociedad yucateca que durante siete años fue testigo del acoso y hostigamiento a que la sometió Medina Sonda, quien valiéndose de sus influencias le inventó delitos en varios estados del país, la encarceló casi un año y raptó a sus propios hijos, a los que ella logró recuperar hace dos años.
Implicado en el caso Granier, Medina Sonda está preso en el penal de Tabasco acusado de lavado de dinero. Los dos presuntos sicarios que dieron muerte a Ema Gabriel son originarios de ese estado.
De acuerdo con los hechos referidos en la causa penal 69/2017, ambos imputados atacaron con arma blanca a la víctima en el predio que habitaba en el Fraccionamiento San Luis, en Mérida. El ataque le produjo a la víctima varias lesiones que le causaron la muerte.